EL VRA

CENTRO DE FORMACIÓN CONTINUA (CFC)

Artículo 450° del Reglamento General)

Es el órgano de línea del Vicerrectorado Académico encargado de planificar, organizar, desarrollar y evaluar las actividades de los programas de estudios de formación continua, basada en el entorno virtual y presencial, para la actualización de egresados.

 

Funciones (Artículo 451° del Reglamento General)

  • Diseñar la política académica y administrativa del CFC.
  • Elaborar el Plan Operativo y el presupuesto correspondiente.
  • Coordinar con las Facultades los estudios de formación continua, en sus diseños curriculares, metodología de enseñanza y aprendizaje, recursos didácticos y evaluación.
  • Coordinar con la Dirección de Cooperación Nacional e Internacional para el
  • establecimiento de convenios con instituciones que desarrollen esta modalidad.
  • Supervisar a los docentes que están encargados de los módulos de enseñanza-aprendizaje.
  • Organizar y ejecutar actividades académicas de actualización en metodología de enseñanza - aprendizaje, tecnologías de información y otras pertinentes a la actualización profesional.
  • Otras funciones que le asignen el Vicerrector Académico y las normas vigentes.