En cuanto a las disposiciones de disciplina Presupuestaria:
 
 
 
Las remuneraciones de los servidores docentes y administrativos, se han pagado por días efectivamente laborados, de acuerdo a las resoluciones de licencias sin goce de haberes y los informes de la Oficina de Administración y Desarrollo de Personal.
 
Las remuneraciones que percibe cada servidor (activo), corresponde al nivel remunerativo o categoría y dedicación para los servidores, administrativos y docentes respectivamente. En el caso de los pensionistas, la pensión se abona en base a las resoluciones de pensión de cesantía, viudez, orfandad o ascendientes según sea el caso.
 
En el Tercer Trimestre 2005, no han existido saldos de ejecución de calendario.
 
 
En cuanto a Disposiciones de Racionalidad:
 
 
 
Conforme a la información ingresada en el Módulo de Control del Pago de Planillas y de Servicios No Personales (MCPP-SNP), y de la revisión que de oficio se realiza en forma mensual, se determina que no figuran en planillas personas inexistentes.
 
 
En cuanto a Disposiciones de Austeridad:
 
 
La Universidad Nacional de Educación, no paga el concepto de Horas Extras a sus servidores, bajo ninguna modalidad.
   
 
 
 
Referente al Personal:
 
 
Referente a los numerales 5.1.1 y 5.1.2, no se ha contratado personal por ninguna modalidad.
 
Referente al numeral 5.3.3, se ha reducido personal contratado por servicios no personales en una cantidad de 36 personas, quienes han culminado su contrato el 30 de setiembre del 2005 (Resolución Nº 1916-2005-R-UNE del 22 de setiembre del 2005).
 
Referente al numeral 6.3.2, la Oficina Central de Personal, hizo llegar al Vicerrectorado Administrativos, el 05 de setiembre del presente, el Cuadro Técnico de Distribución de Personal Administrativo Nombrado y Contratado a Plazo Fijo, para su aprobación (Oficio Nº 994-2005-OCP-UNE).
   
 
 
 
En relación al cumplimiento del Art. 9.1 de la Ley Nº 28427 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal del 2005, la UNE aprobó el 26 de agosto del 2005 la Directiva Interna Nº 002-2005-OpyCP-UNE Directiva de Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria en la UNE, a través de la Resolución Nº 1749-2005-R-UNE, en tal sentido la mencionada Directiva está vigente a partir del 27/08/05.
 
En lo que concierne al Tercer Trimestre del 2005 y al Art. 5º Medidas de Austeridad de la mencionada Directiva, las acciones realizadas por la Oficina de Compras y Contratos son las siguientes.
 
 
En lo se refiere al numeral 5.3.1 Celebración de Agasajos por Fechas Festivas del 27 de agosto al 30 de setiembre 2005m previo informe de la Oficina de Programación, se ha realizado la programación de los requerimientos; en base a lo cual se han elaborado las siguientes ordenes de servicio:

O/S
SIAF
F.FTO
PROVEEDOR
CONCEPTO
IMPORTE
991
2482
R.D.R
Laynes Bastante, Rafael
Dinero por encargo
S/. 3,000.00
995
2343
R.D.R
Reyes Blácido, Irma
Dinero por encargo
S/. 3,000.00
       
TOTAL
S/. 6,000.00
 
 
Respecto al numeral 5.3.2, donde la UNE, previa evaluación puede prorrogar, directa y sucesivamente, los contratos de locación de servicios y/o servicios no personales; es decisión de las autoridades competentes, más no es una función de la Oficina de Compras y Contratos.
 
En relación al numeral 5.3.3, reducción gradual de los contratos por Servicio No Personales; esto es decisión de las autoridades competentes, más no es una función de la Oficina de Compras y Contratos.
 
Respecto al numeral 5.3.4, prohibición de la adquisición de vehículos automotores con cargo a la genérica inversión; no se ha realizado ninguna adquisición
 
En relación al numeral 5.3.5, prohibida la adquisición de cualquier tipo de mobiliario de oficina; previa programación de los requerimientos por la Oficina de Programación, se han elaborado las siguientes ordenes de compra:

O/S
SIAF
F.FTO
PROVEEDOR
CONCEPTO
IMPORTE
883
2260
R.D.R
FURSYS S.A Silla Giratoria Regulable
S/.12,219.00
907
2307
DyT
INDUSTRIASPREMAR S.A.C Módulo Bipersonal p/Computadora
5,352.00
909
2309
DyT
MyD MAMANI E.I.R.L Armario de Metal
700.00
905
2304
R.D.R
INVERSIONESCALIFA S.R.L Sillas giratorias
725.00
906
2306
R.D.R
INDUSTRIA PREMAR S.A.C Cabina de Internet
4,495.00
913
2314
R.D.R
STUDIO 3 S.A.C Estante de Madera
1,360.00
912
2313
R.D.R
MyD MAMANI E.I.R.L Silla giratoria
270.00
       
TOTAL
S/.25,121.00

Debo precisar que todas estas órdenes de compra han sido observadas por la Oficina de Contabilidad y a su vez han sido remitidas al Despacho del Director de la Oficina Central de Adquisiciones y Contrataciones para determinar la situación final de las mencionadas órdenes de compra.
 
 
Respecto al numeral 5.3.6 Telefonía Móvil tenemos contrato vigente con la Empresa AMERICA MOVIL PERU S.A.C (TIM PERU S.A.C) y los gastos en el 3er Trimestre 2005 fueron los siguientes:

CONCEPTO
JULIO
AGOSTO
SETIEMBRE
Servicios Básicos de llamadas
S/. 11,445.22
S/. 9,296.92
NO EXISTE
Servicio de alquiler de equipos
1,432.62
1,492.44
INFORMACION
TOTAL
12,877.84
11,419.36
-------
Nº DE CELULARES (unidad)
80
80
80
Consumo en soles Promedio Mensual
S/. 160.97
142.74
-------

En lo que se refiere a la cantidad de equipos asignados a cada persona, no es competencia de la Oficina de Compras y Contratos.
 
 
 
En lo que se refiere al numeral 5.3.7, los viáticos que deben percibir los Docentes y Administrativos cuando viajan fuera del Departamento de Lima deben ser como máximo S/. 120.00 por día; para lo cual adjunto las órdenes de servicio 851 y 997 y las Resoluciones, donde se aprecia que los viáticos, es por todo el periodo que duró la Comisión de Servicio de los Docentes en el PROCASE; en tal sentido es la Oficina de Presupuesto la que debe informar acerca del cumplimiento del presente numeral, toda vez que dicha oficina informa en forma previa sobre la aplicación de los montos de viáticos antes de que se emita la Resolución.
 
 
 
Respecto al numeral 5.3.8, gastos por viajes dentro del país no deben exceder el monto ejecutado en el año 2004. Sobre el particular, el control respectivo debe hacerse cuando se solicita la disponibilidad presupuestal a fin de ver si procede o no la autorización del viaje; en tal sentido no es competencia de la Oficina de Compras y Contratos el cumplimiento este numeral.
 
 
 
Con relación al numeral 5.3.9, restricción de los viajes al exterior, los cuales deben reducirse en 20 % el gasto presupuestado para el 2005, para lo cual se han elaborado 21 órdenes de servicio haciendo un importe total de S/. 103,965.05 (se adjunta cuadro estadístico). El control de la reducción del 20% lo realiza la Oficina de Compras y Contratos realizar el mencionado control.
 
 
 
Respecto al numeral 5.3.10, prohibición del pago de viáticos por comisión de servicios, cuando estos sean cubiertos por la entidad organizadora; esto es decisión de las autoridades competentes y el control debe ser ejecutado por la Oficina que informa sobre la disponibilidad presupuestal.
 
 
 
En relación al numeral 5.3.11, reducción en la adquisición de útiles de oficina hasta en un 5% al respecto, debo informar que en lo que va del año se han realizado diversas ordenes de compra por menor cuantía y por Licitación Pública toda vez que existen contratos. En tal sentido el control de la reducción hasta un 5% debe ser ejecutado por la Oficina de hace la programación de los requerimientos en función a la cantidad registradas en los contratos (adjunto copia de 2 contratos)
 
 
 
Respecto al numeral 5.3.12, reducción de gastos en la adquisición de bienes y servicios para la adecuación y remodelación de ambientes, sobre este particular no se han elaborado ordenes de compra ni de servicios.
En lo que se refiere al alquiler de locales, en el tercer trimestre del 2005, los gastos mensuales por alquiler de locales para todo uso, son los siguientes:

CONCEPTO
JULIO
AGOSTO
SEPTIEMBRE
ARRENDAMIENTO DE LOCAL PARA EL CEPREUNE
S/. 5,742.00
S/. 5,742.00
S/. 5,742.00
SERVICIO DE COCHERA PARA VEHICULOS UNE
2,600.00
2,600.00
2,600.00
PARA ALUMNOS DE LA UNE
900.00
900.00
900.00
TOTAL
S/. 9,242.00
S/. 9,242.00
S/. 9,242.00

 
 
En lo que se refiere a la aplicación del Art. 6º de la mencionada Directiva (Medidas Internas de Racionalidad) como se puede apreciar ninguna de ellas es competencia de la Oficina de Compras y Contratos.
 
 
En lo que se refiere a la aplicación del Capitulo III de la mencionada Directiva (Disposiciones de Disciplina Presupuestaria), se informa lo siguiente:
 
 
 
En lo que se refiere al Art. 8º Ejecución Presupuestaria en materia de servicios No Personales y/o Locación de Servicios, como se podrá observar, la autorización corresponde al Vice Rectorado Administrativo de la UNE y a otras Dependencias, más no a la Oficina de Compras y Contratos.
 
 
 
En lo que se refiere al Art. 9º compras corporativas, en el tercer trimestre 2005 no se han elaborado ordenes de compra por compras corporativas, porque de acuerdo a la tercera disposición transitoria del D.S Nº 084-2004-PCM, todavía no se ha promulgado el decreto Supremo con el cual de deberá diseñar un Plan Piloto para implementar el proceso de compras corporativas obligatorias.
 
     
   
   
 
   

Universidad Nacional de Educación - Cumplimiento de la Ley Nº 28427
Resultados cualitativos y cuantitativos obtenidos por la aplicación de la Directiva de Medidas de Austeridad, Racionalidad y Disciplina Presupuestaria en la UNE, aprobado mediante Resolución Nº 1749-2005-R-UNE
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