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TíTULO
I
DISPOSICIONES
GENERALES
Artículo
1.- FINALIDAD
Asegurar el cumplimiento de los
objetivos y metas dispuesto por Decreto de Urgencia Nro: 020-2006-PCM y
021-2006-PCM Norma de Austeridad y Gasto Público para el Año Fiscal 2006, de
las entidades de Gobierno Nacional.
Artículo 2.- OBJETIVO
El presente directiva tiene como
objetivo dictar medidas de austeridad y racionalidad del gasto público en la
UNE.
Artículo 3.- ALCANCE
La
directiva se aplicará en las dependencias administrativas y académicas de la
UNE.
Artículo
4.- UNIDAD
EJECUTORA
La unidad
ejecutora, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley de Marco de la
Administración Financiera del Sector Público, Ley 28112, registra sus ingresos,
contrae compromisos, devenga gastos, ordena pagos e informa sobre el avance y/o
cumplimiento de metas al pliego.
Asimismo,
es la responsable de la afectación y registro de la información generada por
las acciones descritas precedentemente, la que debe hacer de conocimiento, bajo
responsabilidad, a la Oficina de Presupuesto la que haga sus veces en el
pliego.
Artículo
5.- BASE lEGAL
Decreto de Urgencia Nro: 020 y
021-2006-PCM
Ley 28652 - Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2006
Ley 27658 - Ley de Marco de
Modernización de la Gestión del Estado.
Ley 28112 - Ley de Marco de la
Administración Financiera del Sector Público
Ley 28874 - Ley que Regula Publicidad
Estatal.
Ley 23733 - Ley Universitaria
Ley 276 - Ley de Bases de la Carrera
Administrativa y Remuneraciones del Sector
Público
Constitución Política del Perú.
Estatuto de la Universidad
Reglamento de la Universidad
TíTULO
11
DISPOSICIONES
DE AUSTERIDAD Y RACIONALIDAD
Artículo
6.
MEDIDAS
DE AUSTERIDAD
Con el fin
de efectuar el uso eficiente y eficaz de los recursos públicos, racionalizar el
gasto público y asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas, la
Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle deberá aplicar
estrictamente las siguientes medidas:
6.1. En
materia de ingreso.
Medidas relativas a acciones de las
Oficinas Centrales de Planificación y Desarrollo Institucional y la Oficina
Central de Personal.
6.1.1 La Oficina Central de Persona', en un plazo no
mayor de 15 días a partir
de la
aprobación de la directiva, deberá hacer una evaluación de las planillas del
personal activo, para efectos de verificar que 105 ingresos mensuales de los
docentes y no docentes no superen los quince mil 00/100 (5/15,000) nuevos soles
mensuales.
6.1.2 La Oficina Central de Personal, a partir de la
aprobación de la directiva,
podrá
renovar 105 contratos vigentes, cualquiera sea su forma o modalidad, reduciendo
el 50% 105 ingresos por el exceso de quince mil y 00/100 (5/15,000) nuevos
soles mensuales, tal como lo estipula el artículo 3° punto 3.2
6.1.3 los no Personales no se encuentran inmersos en
el artículo 5°
inciso b,
por contar con autonomía académica y económica, tal como
lo señala
el artículo 1 ° de la Ley Universitaria, Constitución Política del Perú,
artículo 18° (cuarto párrafo) dice: Cada universidad es autónoma en su régimen
normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las
universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución
y de las Leyes.
6.1.4 Los docentes tienen derecho a su ratificación,
promoción y cambio de
régimen de
dedicación, en concordancia con el Estatuto y el artículo 419, inciso d) del
Reglamento General de la Universidad y como lo respalda el numeral 6.1.3.
6.1.5 Los no docentes tienen derecho a ser promovidos
en el nivel inmediato
superior
de su respectivo grupo ocupacional, previo concurso de méritos, tal como lo
indica el Capítulo 111 artículo 16 de la D.L. 276.
La
universidad podrá realizar hasta dos concursos para ascensos anualmente siempre
que exista las respectivas plazas vacantes; a su vez planificará sus
necesidades de personal en función del servicio y sus posibilidades
presupuestales, tal como lo menciona el Capítulo 111, artículo 17, de la D.L.
276. Y como lo respalda el numeral 6.1.3
6.1.6 No están afectos los gastos programados en el
presente año fiscal.
6.2.
Medidas relativas a acciones de la Oficina Central de Adquisiciones y Contrataciones.
6.2.1 No alcanza
esta disposición al gasto orientado a la publicación de notasde prensa,
publicaciones y avisos correspondientes a los procesos de selección previsto en
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y otros avisos, tal como lo
regula la Ley 28874 de Publicidad Estatal.
6.2.2 Queda prohibida la adquisición y construcción de
inmuebles para sedes administrativas, tal como lo indica el articulo 11 del
Decreto de Urgencia 020-2006-PCM, pero no para fines académicos.
6.2.3 Los
proyectos de inversión no están inmersos al Decreto de Urgencia por contar con
autonomia académica, administrativa y económica, tal como lo estipula la
Constitución Política del Perú, el Estatuto yel Reglamento General de la
Universidad.
6.3. Medidas relativas a acciones de la Oficina Central de
Servicios Generales
6.3.1 La
UNE no se encuentra inmersa en el articulo 8° del Decreto de Urgencia
020-2006-PCM, porque funciona lejos de la capital, tiene que movilizar a las
autoridades, funcionarios, docentes, no docentes y alumnos que se trasladan
desde diferentes lugares de Lima, así como de los conos Norte y Sur. Para
cumplir con los deberes académicos.
6.3.2 En vías de
ahorro y para reducir los gastos en combustible, se ha recortado el número
de unidades móviles a los directivos y
funcionarios de la UNE. Las unidades son las
siguientes:
-
Camión Furgo, Marca DODGE, Placa N° WG-5240
-
Camión, Marca KIA
TíTULO
11I
RESPONSABILIDADES
a) El Rector aprueba la presente
Directiva.
b) El Consejo Universitario ratifica
la resolución de aprobación.
c) El Vicerrectorado Administrativo
supervisa el cumplimiento de la directiva.
d) Los Organos de Direción, de
Asesoramiento, de Apoyo y de Línea, deben asegurar e.l fiel
cumplimiento de la presente
Directiva.
e) El Organo de Control Institucional,
en cumplimiento de sus funciones, recomienda los
mecanismos de aplicación, de
acuerdo a las normas técnicas de control interno para el
sector público.
TíTULO
IV
DISPOSICiÓN
TRANSITORIA Y FINAL
a)En la Unidad Ejecutora, las oficinas administrativas
tendrán como norma de trabajo y
consultas
los dispositivos legales existentes para la mejor utilización del presupuesto
asignado para el presente ejercicio presupuesta!.
b)El
Organo Interno de Control es responsable de hacer cumplir las normas legales
correspondientes y deberá realizar los controles permanentes a todas las unidades
y oficinas de la UNE, sin interrumpir y comprometer los exámenes posteriores
de acuerdo a Ley.