OFICINA DE BIBLIOTECA VIRTUAL
La Oficina de Biblioteca Virtual es la dependencia administrativa encargada de brindar directamente los servicios bibliotecarios de consulta en.
Son funciones específicas del Jefe de la Oficina de Biblioteca Virtual:
Coordinar y formular el Plan Operativo Anual de la Oficina de Biblioteca Virtual y elevarlo a la dirección de la Biblioteca Central y Centro de Documentación.
Procesar y coordinar la adquisición del equipamiento y material necesario para el óptimo funcionamiento de la Biblioteca.
Elaborar en coordinación con los integrantes de la oficina, documentos normativos que optimicen los servicios del área.
Organizar, dirigir y supervisar el cumplimiento de las funciones del personal administrativo que presta servicios en la Oficina de la Biblioteca Virtual, según las normas técnicas establecidas.
Mantener comunicación y coordinación constante con el Director de la Biblioteca y el Jefe de la Oficina de Procesos Técnicos.
Participar en eventos y formular políticas de cambio e innovación tecnológica correspondiente a la oficina a su cargo.
Preparar y presentar a la Dirección el informe estadístico mensual de atenciones realizadas en Salas de la Oficina de Biblioteca Virtual.
Proponer las medidas correspondientes para brindar la seguridad de los bienes asignados a la Oficina de Biblioteca Virtual.
Dirigir y supervisar la creación de base de datos.
Procesar webgrafías utilizando el formato MARC instalado.
Otras funciones de su competencia que le asigne el Director de la Biblioteca.
| Requisitos: | Bibliotecólogo |
| Capacitación: |
Capacitación y experiencia en automatización de datos |
| Experiencia: | Experiencia en la conducción de personal |
DEPENDENCIAS:
La Oficina de Biblioteca Virtual comprende las siguientes dependencias:
El material bibliográfico está a disposición de los usuarios en general para el préstamo en sala de lectura requiriéndose el llenado de la ficha correspondiente y entrega de su documento de identidad vigente. El usuario está obligado a tratar con cuidado el material que se le proporcione, no pudiendo retirarlo de la sala.
El lector que mutile una obra o desglose sus hojas, será suspendido del servicio de biblioteca, estando siempre obligado a reponer la obra.
PROCEDIMIENTOS:
Servicio de préstamo de libros en la Sala de Lectura
OBJETIVO
Que los estudiantes tengan las facilidades para estudiar utilizando la bibliografía requerida por cada especialidad de una manera ágil y eficiente.
FINALIDAD
Proporcionar un servicio de calidad para la atención en las Salas de Lectura, de manera ágil y eficiente a todos sus usuarios, así como promover la lectura y adquisición de las fuentes más adecuadas en el desarrollo de la colección.
ALCANCE
Las disposiciones de este procedimiento alcanzan a la Oficina de Biblioteca Virtual y a los estudiantes de la UNE.
BASE LEGAL
Resolución Nº 0223-2007-R-UNE, aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos 2007.
Resolución Nº 2716-2006-R-UNE, aprueba el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Biblioteca Central y Centro de Documentación.
Resolución Nº 001-2007-R-UNE, aprueba la Tasas Educativas.
DISPOSICIONES GENERALES O POLÍTICAS
Definición:
Es el procedimiento mediante el cual la Oficina de Biblioteca Virtual brinda a los usuarios el servicio de préstamo de libros en sus diferentes Salas de Lectura.
Políticas:
Dar a los usuarios las mayores facilidades de estudio, brindándoles de manera rápida y eficiente el material que necesitan para uso dentro de la Sala de Lectura.
Norma:
Sólo se prestarán libros a los usuarios que se identifiquen debidamente con u documento de identidad y que no se encuentre inmerso en moras o procesos administrativos.
REQUISITOS
Ser alumno regular de la UNE.
Poseer carné de la Biblioteca, carné universitario o DNI.
No estar registrado como deudor moroso.
No tener suspensión del servicio por evasiones u otros problemas de debido uso.
INSTRUCCIONES
Todo documento de identidad vigente es de uso personal e intransferible. En caso de pérdida del carné universitario, debe comunicarse de inmediato a la Oficina de Biblioteca Virtual y así evitar un mal uso por terceras personas.
El usuario debe revisar y verificar el material bibliográfico que se le entregue, los mismo que deben estar en perfecto estado y hacer notar el tipo de deterioro (si lo hubiera). Asimismo, deberá conservarlo debidamente y devolverlos en el mismo estado; en caso contrario, el usuario será sancionado de acuerdo a las normas establecidas.
DURACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
El presente procedimiento tendrá una duración máxima de tres (03) minutos entre la recepción de la papeleta, la búsqueda del material bibliográfico y la entrega del mismo al usuario.
Servicio de préstamo de libros a domicilio
Sólo se brinda este servicio en la Sala de Humanidades y en la Sala de Ciencias y Tecnología. Los libros considerados en RESERVA, de un solo ejemplar y tomos que pertenecen a una colección no podrán ser prestados. Excepcionalmente, los tesistas o graduandos de la UNE podrán obtener préstamos de libros a domicilio, para lo cual adjuntarán la Resolución que los considera como tal.
El horario de atención para préstamos de libros a domicilio es de 2:00 a 6:00 p.m., de lunes a viernes, y la devolución se realizará de 8:00 a 10:00 a.m., al día siguiente útil. Podrá ser renovado el préstamo por un día más, siempre y cuando el lector cumpla con presentar el libro en el momento oportuno. Excepcionalmente, los tesistas o graduandos de la UNE podrán realizar la devoluci6n al tercer día útil.
OBJETIVO
Brindar a los alumnos la facilidad de llevar a su domicilio el libro que necesitan para complementar sus estudios.
FINALIDAD
Brindar el servicio de préstamo de libros a domicilio de manera ágil y eficiente a todos sus usuarios.
ALCANCE
Las disposiciones de este procedimiento alcanzan a la Oficina de Biblioteca Virtual y a los estudiantes de la UNE.
BASE LEGAL
Resolución Nº 0223-2007-R-UNE, aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos 2007.
Resolución Nº 2716-2006-R-UNE, aprueba el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Biblioteca Central y Centro de Documentación.
Resolución Nº 001-2007-R-UNE, aprueba la Tasas Educativas.
DISPOSICIONES GENERALES O POLÍTICAS
Definición:
Es el procedimiento que el usuario debe seguir para que acceda al servicio de préstamo de material bibliográfico a domicilio.
Políticas:
Dar a los usuarios la facilidad de tener el libro que necesitan en su domicilio, por el tiempo establecido, para un mejor aprovechamiento del material.
Norma:
El usuario debe llenar y entregar la papeleta de solicitud de préstamo a domicilio.
El usuario debe entregar el carné universitario, DNI u otro documento de identidad según sea el caso.
El Técnico responsable debe registrar los datos correspondientes en la Tarjeta de Control Bibliográfico y la entrega del material al usuario.
REQUISITOS
Ser alumno regular de la UNE.
Poseer carné de la Biblioteca, carné universitario o DNI.
No estar registrado como deudor moroso.
No tener suspensión del servicio por evasiones u otros problemas de debido uso.
INSTRUCCIONES
Todo documento de identidad vigente es de uso personal e intransferible. En caso de pérdida del carné universitario, debe comunicarse de inmediato a la Oficina de Biblioteca Virtual y así evitar un mal uso por terceras personas.
El usuario debe revisar y verificar el material bibliográfico que se le entregue, los mismo que deben estar en perfecto estado y hacer notar el tipo de deterioro (si lo hubiera). Asimismo, deberá conservarlo debidamente y devolverlos en el mismo estado; en caso contrario, el usuario será sancionado de acuerdo a las normas establecidas.
DURACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Este procedimiento tendrá una duración de un (01) día como máximo.
Servicio de búsqueda de información en Internet
OBJETIVO
Brindar al usuario la posibilidad de acceder a la información a través de Internet, de manera que contenga la información más actualizada y pertinente.
FINALIDAD
Brindar el servicio de búsqueda de información académica de manera ágil y eficiente en Internet.
ALCANCE
Las disposiciones de este procedimiento alcanzan a la Oficina de Biblioteca Virtual y a los estudiantes de la UNE.
BASE LEGAL
Resolución Nº 0223-2007-R-UNE, aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos 2007.
Resolución Nº 2716-2006-R-UNE, aprueba el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Biblioteca Central y Centro de Documentación.
Resolución Nº 001-2007-R-UNE, aprueba la Tasas Educativas.
DISPOSICIONES GENERALES O POLÍTICAS
Definición:
Es el procedimiento mediante el cual el usuario accede al servicio de búsqueda de información en Internet.
Políticas:
Dar la oportunidad al usuario de poder utilizar y buscar información a través de Internet que muchas veces no se puede encontrar físicamente en nuestro medio.
Norma:
Ser alumno regular de la UNE.
REQUISITOS
Recibo de pago.
Disquete de 3½ HD nuevo, USB u otro medio de almacenamiento.
INSTRUCCIONES
El recibo de pago a presentar debe ser en original y quedará archivado en la Sala de Internet.
El usuario deberá usar estrictamente el tiempo por el cual pagó para el servicio de búsqueda de información en Internet.
DURACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Es automático al momento de entrega del recibo de pago.
Servicios de audiovisuales y recursos informáticos
OBJETIVO
Apoyar y complementar la labor académica de los docentes de la UNE con medios audiovisuales y recursos informáticos.
FINALIDAD
Brindar el servicio de los equipos de audiovisuales así como de la Sala misma, de manera rápida y oportuna.
ALCANCE
Las disposiciones de este procedimiento alcanzan a la Oficina de Biblioteca Virtual.
BASE LEGAL
Resolución Nº 0223-2007-R-UNE, aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos 2007.
Resolución Nº 2716-2006-R-UNE, aprueba el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Biblioteca Central y Centro de Documentación.
Resolución Nº 001-2007-R-UNE, aprueba la Tasas Educativas.
DISPOSICIONES GENERALES O POLÍTICAS
Definición:
Es el procedimiento mediante el cual el usuario accede al servicio de uso de los medios (materiales) y equipos de audiovisuales y recursos informáticos para el desarrollo de actividades académicas.
Políticas:
Impulsar el desarrollo académico e investigación utilizando los medios más modernos y eficientes disponibles en la actualidad y que brinda la tecnología.
Norma:
Ser docente de la UNE o estudiante que va a sustentar su tesis o una monografía.
REQUISITOS
Documento de Identidad.
Solicitud simple, indicando características de los equipos y tipos de materiales requeridos, día y noche.
INSTRUCCIONES
Todo documento de identidad vigente es de uso personal e intransferible. En caso de pérdida del carné universitario, debe comunicarse de inmediato a la Oficina de Biblioteca Virtual y así evitar un mal uso por terceras personas.
El usuario deberá presentarse a la hora programada para hacer uso del servicio, de lo contrario lo perderá. Debe revisar y verificar que se le entregue los equipos y mobiliarios en perfecto estado; asimismo, debe conservar y devolverlos en el mismo estado, de lo contrario se hará cargo de la reparación correspondiente.
DURACIÓN DEL PROCEDIMIENTO
Dos (02) días como máximo.
VICERRECTORADO ACADÉMICO
© Dirección de la Biblioteca Central y Centro de Documentación
Unidad de Biblioteca Virtual
Sala de Audiovisuales
La Cantuta, Marzo 2009
Diseño y Creación: Octavio David Mejía De Paz